Con una cuantía máxima de 15.000€ por instalación y un porcentaje de subvención del 35%, Las ayudas fotovoltaicas:  Instalaciones de generación de energía eléctrica  fotovoltaica en empresas industriales y servicios buscan promover  el uso de energía renovable con el objetivo de reducir la convencional térmica o eléctrica.

Beneficiarios:

Autónomos y empresas industriales y de servicios con el siguiente CNAE:

  • Sector servicios: G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009
  • Sector industria: B, C o D del CNAE-2009, con la excepción de:  industria extractiva energética,  refinación del petróleo y biocombustible, empresas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica. 

En todo caso las actuaciones subvencionables vendrán referidas a edificios o instalaciones sitas en el término municipal de Irún. 

Actuaciones subvencionables:

Línea 2.4 Actuaciones en empresas del sector industria y servicios.

  • 2.4.a) Instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo.

Cuantías:

  • Instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo :

Para la determinación de la cuantía se tendrá en cuenta la potencia de la instalación con un máximo de 15000€

  • Instalación de generación: Menos de 10kW la cuantía será 400€ x Kw; Más de 10kW la cuantía será de 250 x kW
  • Instalación de almacenaje: Menos de 10kW/H la cuantía será de 250€ x kWh; Más de 10kWh la cuantía será de 170 x kWh

Inversión mínima: 10.000€

Gastos subvencionables:

Se considerarán las siguientes inversiones: 

  • Elementos generadores.  
  • Sistema de anclaje y sujeción.
  • Inversores.
  • Cableado y protecciones.  
  • Baterías. 
  • Reguladores.
  • Convertidores.

Requisitos de las actuaciones subvencionables

  • Solo se considerarán las inversiones en nuevas instalaciones de paneles solares fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica destinada a autoconsumo
  • Podrán solicitar esta subvención solamente las empresas que ejerzan su actividad empresarial en el inmueble sobre el que se propone la actuación
  • La instalación debe mantenerse en propiedad y en correcto estado de funcionamiento durante un plazo mínimo de 10 años
  • Los trabajos de ingeniería y/o diseño no podrán exceder el 10% del coste total de actuación
  • El Importe  de la subvención no podrá superar el 35% del gasto subvencionable con una cuantía máxima de 15.000 € por instalación. 

Plazos:

Presentación de la solicitud : Desde: 12/04/2024; Hasta: 02/11/2024.

Plazo de ejecución : Desde: 28/09/2023; Hasta: 02/11/2024.

Procedimiento de concesión:

Concurrencia no competitiva y evaluación individualizada.

Enlaces