FONDOS NEXT GENERATION. AYUDAS A LA INVERSIÓN EN PROYECTOS INNOVADORES DE ENERGÍAS RENOVABLES Y ALMACENAMIENTO

El programa de energías renovables innovadoras, cuyo presupuesto inicial es de 250 millones, brindará la oportunidad de establecer instalaciones novedosas o que aporten un valor adicional debido a su capacidad de unirse al territorio y a los sectores productivos.


Beneficiarias: 

Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas, públicas o privadas, que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas, así como las comunidades de propietarios para ciertos programas. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de estas entidades, incluso sin personalidad jurídica propia​

Actuaciones subvencionables

Las ayudas contemplan los siguientes programas:

1). Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento. 

Dentro de este programa se habilitan tres subprogramas, según se sitúe la estructura de generación fotovoltaica respecto al cultivo.

 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo. 

1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m

1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h > 4 m.

 2).    Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.

 3).  Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras. 

4).  Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables.

 5).  Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables

Cuantías de las ayudas

Para todos los programas de incentivos, a efectos de cálculo de la ayuda, se considerará la potencia instalada de la instalación subvencionable dependiendo de la tecnología utilizada.

  • Para los programas 1 a 4, en el caso de tecnología fotovoltaica se considerará la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que configuran la instalación.
  • Para el programa 5, se tomará como potencia instalada la potencia extraída de la ficha técnica o especificaciones del fabricante 

Límite de ayudas:

  • La ayuda total concedida no puede superar los 30 millones de euros por empresa y por proyecto de inversión, conforme al Reglamento (UE).
  • En ningún caso la ayuda total podrá exceder los gastos subvencionables de la actuación​.
  • El límite máximo por programa es de 150 millones de euros.

Incompatibilidad de la subvención:

Las ayudas reguladas en esta Orden de Bases serán incompatibles con otras ayudas concedidas por la Unión Europea para la misma finalidad.

Procedimiento de concesión: 

Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. La gestión será centralizada por el IDAE

Plazos:

  • Plazo de solicitud de actuaciones:  El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación correspondiente no podrá ser inferior a veinte días ni superior a tres meses desde la fecha de inicio que se establezca en la convocatoria y en su extracto correspondiente que se publique en el «Boletín Oficial del Estado».
  • Plazo de inicio de actuaciones: Las actuaciones deben de comenzar después del registro de solicitud de la ayuda.

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